lunes, 10 de noviembre de 2008


Por Jaime Rosemberg De la Redacción de LA NACION


Reforma al Código Penal: impulsan modificaciones en Diputados
Avanza la despenalización del aborto
Amplían la concepción de "riesgo materno" y autorizan a médicos a decidirlo sin que medie un juez


A toda velocidad y mientras los flashes mediáticos apuntan a la discusión parlamentaria de la estatización del sistema jubilatorio, el kirchnerismo en la Cámara de Diputados avanza con una serie de modificaciones en el Código Penal tendientes a ampliar los casos de aborto no punible y a eliminar la obligatoriedad de una denuncia judicial para decidir la interrupción del embarazo como consecuencia de una violación.
Las comisiones de Legislación Penal y de Familia de la Cámara de Diputados discutieron, durante la semana pasada y a nivel de asesores, el proyecto presentado por las diputadas kirchneristas Nora César y Juliana Di Tulio (Buenos Aires), por el que se modifica el artículo 86 del Código Penal en lo que se refiere a los casos de aborto no punible, hoy circunscripto a los de violación contra una "mujer idiota o demente".
En el artículo 1° del nuevo proyecto, que obtuvo preferencia para su tratamiento en el recinto con despacho de comisión, se autoriza la realización del aborto "con el fin de evitar un peligro para la salud o la vida de la mujer". Se omitió así el párrafo siguiente, hoy en vigor, que no castiga la operación "si ese peligro no puede ser evitado por otros medios". Según la diputada de Pro, Cynthia Hotton (Capital), "al eliminar ese párrafo, se habilitaría el aborto aun existiendo otras alternativas".
En el artículo 4, el proyecto establece que si el embarazo fuera producto de una violación "no podrá exigirse denuncia penal para comprobar la relación sexual no consentida" y tampoco "se podrá exigir autorización judicial para realizar el aborto" cuando se trate de los casos no punibles, según el Código Penal.
En los considerandos del proyecto, Di Tulio y César niegan que se esté frente a una ampliación de los permisos para abortar, aunque afirman: "Si le exigiéramos a la mujer una denuncia penal de su violación para poder abortar, la obligaríamos a judicializar una situación fáctica cuando, en realidad, puede optar por no habilitar a la Justicia a que investigue, sin perjuicio de lo cual no debe perder su derecho de abortar. Denunciar y abortar no van de la mano, son cuestiones independientes".
Según Hotton y sectores de la Iglesia que critican la reforma, en cambio, con estas modificaciones se establece un peligroso precedente, pues entienden que "se estaría dejando la decisión de abortar a la sola manifestación de la embarazada".
Además, especifican, "no se puede prohibir la actuación de la Justicia, que determina las causales de exculpación. Hay que partir de que el aborto es un delito y que algunos artículos de este proyecto son disculpas a la eventual sanción para los médicos que los realicen".
El proyecto tiene amplio consenso en bancadas opositoras, como la Coalición Cívica, la UCR y el socialismo.
"Estos cambios clarifican y ayudan a que en los hospitales públicos se sepa cuáles son los casos de aborto no punibles", afirmó a LA NACION la diputada socialista Silvia Ausburguer (Santa Fe). Según esa legisladora, "Brasil contemplaba el sistema de denuncia policial y lo eliminó un año después porque no tenía sentido". Respaldo opositor
El radical Pedro Azcoiti (Buenos Aires) confirmó que su partido apoyará las modificaciones "porque -dijo- clarifican el sentido de la norma".
Hotton, vicepresidenta segunda de la Comisión de Familia, criticó que el proyecto no pase por la Comisión de Salud, que encabeza el diputado Sylvestre Begnis (FPV-Buenos Aires), también firmante de la iniciativa.
"Tengo esperanzas de que la presidenta Kirchner intervenga según sus convicciones, como seguramente lo hará Tabaré Vázquez, en Uruguay", dijo Hotton, en referencia al anunciado veto del presidente de ese país a la ley de despenalización del aborto que acaban de aprobar los legisladores.
El miércoles pasado, los diputados uruguayos sancionaron una ley de salud sexual que incluye un capítulo que despenaliza el aborto. La votación fue por 49 votos en favor y 48 en contra.
El artículo 8 autoriza a que "toda mujer decida la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas" de gestación. Los artículos 9 al 14 establecen las condiciones para abortar, entre las que se mencionan "penurias económicas, sociales, familiares o etarias". También establece las restricciones y los deberes del médico.
La iniciativa provocó un fuerte rechazo de la Iglesia. Anteayer, la Conferencia Episcopal del Uruguay informó que, según el Código de Derecho Canónico, quienes apoyaron esta iniciativa se alejaron de la Iglesia y, por ende, están impedidos de recibir los sacramentos.
En tanto ayer, el gobierno santafecino del socialista Hermes Binner tuvo el primer entredicho con la iglesia de esa provincia. Fue cuando el ministro de Salud, Miguel Angel Capiello, aseguró que "no debería penalizarse a una mujer que se practica un aborto" y sostuvo que "tampoco debería ser una obligación denunciar este tipo de prácticas".
La respuesta partió del arzobispo de la diócesis santafecina, monseñor José María Arancedo: "El aborto no es negociable. Si existe vida, esa vida reclama respeto y derechos. Es autónoma", opinó.
La ley, hoy
El artículo 86 del Código Penal expresa que el aborto practicado por un médico no es punible si: "Se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".

1 comentario:

Anónimo dijo...

Tenemos que orar al respecto... ya lo estoy haciendo. Asimismo, confío en que Tabaré Vázquez vete en Uruguay el proyecto de ley aprobado por el Parlamento. Dios quiera que no se llegue a esa instancia en Argentina y que en el mismo ámbito parlamentario muera el proyecto.